miércoles, 17 de abril de 2013





Ya tengo imagen corporativa, mi amiga Alícia Tudela, una gran profesional me ha diseñado este logo.

Gracias


Mari Cruz Pla

martes, 9 de abril de 2013

¿Igualdad y/o equidad?



A menudo tendemos a confundir estos dos conceptos. Para aclararnos un poco, haré un repaso por el debate que se produjo poco antes y durante la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Pekín (Beijing) de 1995. 
La posición del caucus de Derechos Humanos de Beijing fue la que prevaleció y se adoptó el término igualdad.
La posición de América Latina defendía el concepto de equidad, porque suelen entender la igualdad partiendo del modelo de hombre como modelo humano, es decir, igualando a las mujeres con los hombres. Las latinoamericanas pensaron que mientras la igualdad exigía un trato idéntico para todas las personas, la equidad permitía un trato diferente para cada género, dependiendo de sus necesidades. Entendieron que la 'equidad' era una igualdad real, ya que la igualdad garantizada en la ley no había dado los frutos esperados. Pero la 'equidad' es una meta social de la cual los gobiernos pueden excusarse, mientras que la 'igualdad' es un derecho humano y por tanto una obligación legal que no pueden evadir los Estados.
Hay que tener tres ideas claras para hacer un uso coherente de los principios de igualdad y equidad:
  • El derecho a la igualdad implica el derecho a la no discriminación. Sólo habrá igualdad si no hay discriminación ni directa ni indirecta, contra ninguna mujer. El término equidad no hace referencia a eliminar la discriminación que sufren las mujeres.
  • La igualdad trae consigo obligaciones legales para los Estados. El derecho a la igualdad entre mujeres y hombres requiere que cada Estado implemente acciones específicas y concretas para eliminar la discriminación real. La equidad no exige eliminar las desigualdades y discriminaciones que existen contra las mujeres.
  • La igualdad implica un trato idéntico o diferenciado entre mujeres y hombres, exige un tratamiento no discriminatorio, por lo que a veces requiere un tratamiento idéntico y a veces un tratamiento distinto. Hasta aquí, igual que el término equidad, pero la diferencia está en que mientras la igualdad exige que del trato idéntico o diferenciado que tenga como resultado que las mujeres no sufran ninguna forma de discriminación, el de equidad no hace referencia a eliminar la discriminación.
Sin la garantía de igualdad de nada servirían los derechos humanos. Como la garantía de igualdad está protegida en todos los instrumentos legales internacionales, una buena estrategia sería reconceptualizar la igualdad, de manera que sea además una igualdad real entre mujeres y hombres.
Como curiosidad, en el proceso de debate la Santa Sede propuso la sustitución de igualdad por equidad en el documento de la IV Conferencia de Beijing. La equidad compromete menos.

Como señala Amelia Valcárcel, la igualdad sería la ética, mientras que la equidad sería la política.

Yo he utilizado los dos términos en el nombre de este blog, porque la meta social es la  equidad, pero creo que hay que tener claro que su fundamento jurídico se basa en los derechos de las humanas y humanos, en el derecho a la igualdad.

Mari Cruz Pla

Fuente: Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament, Nota para la igualdad nº1